XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad
Todos los sujetos obligados publicarán el inventario de bienes muebles e inmuebles que utilicen, tengan a su cargo y/o les hayan sido asignados para el ejercicio de sus funciones; que destinen a un servicio público conforme a la normatividad aplicable o por cualquier concepto, tanto si son propiedad del sujeto obligado como que se encuentren en posesión de éstos.
Inciso | Aplicabilidad | Periodicidad |
a) Inventario de bienes muebles | Semestral | |
b) Inventario de altas practicadas a bienes muebles | Semestral | |
c) Inventario de bajas practicadas a bienes muebles | Semestral | |
d) Inventario de bienes inmuebles | Semestral | |
e) Inventario de altas practicadas a bienes inmuebles | Semestral | |
f) Inventario de bajas practicadas a bienes inmuebles | Semestral | |
g) Inventario de bienes muebles e inmuebles donados | Semestral |