XLIII-B. Responsables de recibir, administrar y ejercer los ingresos

Los sujetos obligados publicarán información sobre los recursos recibidos por cualquier concepto, de conformidad con la respectiva ley de ingresos, incluidos, los obtenidos por impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios, ayudas e ingresos derivados de financiamientos, así como los ingresos recaudados con base en las disposiciones locales aplicables en la materia.


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NO APLICA

Esta información no es generada por la Secretaría General de Gobierno, ni sus organismos desconcentrados IET, CESP, SIPÍNNA AGEC, COESPO, toda vez que no cuentan con facultades y atribuciones  contenidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, ni el Reglamento Interior de la SEGOB así como la normatividad de cada organismo. La Facultad le corresponde a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Campeche conforme al Art. 22 Fracción VI Y VII LOAPC. Para consultar la información correspondiente ir al siguiente enlace.   

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