I-A. El Plan Nacional de Desarrollo, los Planes Estatales de Desarrollo o el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su Artículo 26, Inciso A, que “el Estado organizará un sistema de Planeación Democrática del Desarrollo Nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la Independencia y la Democratización Política, Social y Cultural de la Nación”, así como que el proyecto de Nación delineado en la Constitución Política debe ser la base de los objetivos de la planeación en México.
Los instrumentos que permiten visibilizar la Política Pública para el Desarrollo Nacional, Estatal y Municipal, son los planes elaborados por los Poderes Ejecutivos de los Órdenes de Gobierno, los cuales deben ser congruentes y realizarse y desarrollarse de manera coordinada.

Periodo de actualización: Anual
Fecha de actualización: 08/04/2020
Fecha de validación:  08/04/2020
Unidad(es) Administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: Unidad de Transparencia de la Secretaría General de Gobierno


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